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Reglas y Definiciones PDF Imprimir E-mail
Escrito por rodrigo   
Lunes, 18 de Enero de 2010 16:54

REGLAS Y DEFINICIONES                       

                            Presentado a la Asamblea el 25 de enero de 2009 

La organización a formarse debe ser UN ORGANISMO DE LA SOCIEDAD CIVIL, es decir Independiente del Estado, con Caracter Inter-Estatal. 

NO SERA una competencia a las Organizaciones Sociales existentes, sino un

recurso de Estas, en todos los Estados.

 PROPORCIONARA APOYO de información, orientación y recursos con relación a Organizaciones de Inmigración, salud, seguridad  social, fundaciones, entes multinacionales, inversiones, iglesias, etc.

 IMPULSARA ASOCIACIONES de compatriotas en distintas comunidades, respetando la AUTONOMIA de Estas, como tambien brindar apoyo de distinta indole a las ya existentes.

 REPRESENTARA a los paraguayos residentes en este pais, ante los organismos estatales, tanto de Paraguay como de aqui, como así tambien ante las organizaciones de migrantes de otras nacionalidades.

 SE VINCULARA con organizaciones sociales del Paraguay, fomentando en estas la incorporación de las reivindicaciones de los migrantes, ej: en el Movimiento Obrero, Campesino, Viviendas, Educación, etc.

 ESTRECHARA RELACION con los Consulados Distritales, a fin de mejorar las gestiones consulares, embajadas y misiones diplomáticas.

 RELACIONAMIENTO DIRECTO con los Ministerios , Senadores, Diputados, Partidos Politicos, Municipios, Gobernaciones, etc.

 ORGANIGRAMA : Elección de un Presidente, Vice-Presidente, Secretario General y Tesorero, por nominación y voto directo de los Congresistas.

 SE CONFORMARA un Consejo Interestatal con Representantes de Cada Estado.

 UNA VEZ ELECTO el Presidente, el Vice Presidente, Secretario y Tesorero y los miembros, estos deliberarán y conformarán las Distintas Secretarias Ejecutivas.

 LA COMISION EJECUTIVA tendra una duración de un año (primer Periodo).

 LAS SECRETARIAS EJECUTIVAS podrán ser conformadas por personas que no pertenezcan al Consejo Inter-estatal.

 LA PERSONA QUE REPRESENTE, provisoriamente al Congreso ante un Estado, tiene el plazo de 2 meses para que el Estado correspondiente elija y nombre a otro o confirmar al mismo.

 PERFIL DESEADO DE TODOS LOS CANDIDATOS

 Deben ser personas con UN LIDERAZGO RESPETADO en su Comunidad.

 Deben tener CAPACIDAD DE TRABAJO EN GRUPO y que sepan DELEGAR

RESPONSABILIDADES.

 Deben tener una TENDENCIA A UNIFICAR y NO SEPARAR COMUNIDADES

 Deben ser reconocidos por su SERIEDAD Y COMPROMISO DE TRABAJO

 Deben ser CONFIABLES y con CLAROS ANTECEDENTES, sin SOMBRAS

DE DUDAS acerca de su INTEGRIDAD.

 Cabe destacar que estas reglas fueron presentadas a los Congresistas,

en Lectura realizada por JOSE MOREL, y aprobada con pequeñas modificaciones según Acta de Constitucion.

 Incluye modificaciones realizada por los Congresistas.

 


 

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